Las 24 buenas prácticas del “Golden Book” para la contratación pública electrónica

 

 

En marzo de este año se publicó el informe final del Golden Book sobre las mejores prácticas que deberían tener las plataformas o productos que soportan la contratación pública electrónica.

Esta entrada quiere servir de recordatorio de las 24 prácticas que se recomiendan en este informe. En una entrada posterior volveremos a recordar las recomendaciones del grupo de expertos en licitación electrónica (e-TEG) que la Comisión Europea estableció sobre la licitación electrónica.

Ámbito

Ambas iniciativas pertenecen a la estrategia que la propia Comisión Europea planteo a principios del año pasado para conseguir el mercado único de contratación pública electrónica paneuropeo, interoperable y asequible.

Son dos acciones aparentemente iguales pero que se pueden considerar de algún modo complementarias.  El Golden Book ha examinado lo que hay y sugiere las buenas prácticas, y el grupo de expertos dice lo que debería de haber para que la licitación electrónica consiga los resultados propuestos. Resultados que son difíciles incluso aunque se sigan todas estas recomendaciones.

Ambos informes se ciñen a lo que llamamos relación electrónica (licitación, facturación … todo aquello que las administraciones intercambian con los proveedores), porque la Comisión persigue fundamentalmente la generación del mercado único, y para ello solo precisa la Relación electrónica. La Tramitación, el Archivo y la Explotación los deja para cada administración pública. En mi opinión, es una solución que genera otro conjunto de problemas, aún más difíciles de resolver, pero estos nuevos problemas ya no estarán en el ámbito de actuación de la Comisión, sino de cada administración.

Las 24 buenas prácticas del Golden Book:

  1. Todas las plataformas transmiten automáticamente notificaciones a un único punto de acceso para su publicación
  2. Los agentes económicos y las autoridades contratantes se benefician de plan de formación asequible
  3. Las plataformas tienen un plan de comunicación en marcha  para promover el uso de la contratación pública electrónica
  4. Los agentes económicos puedan acceder y recuperar los anuncios de licitación y el pliego de condiciones como usuarios anónimos
  5. Los agentes económicos pueden inscribirse en la plataforma sin tener que proporcionar información específica del país
  6. Los agentes económicos pueden activar su registro en la plataforma con un proceso de activación con un enlace en un correo electrónico.
  7.  Las plataformas incorporan el Inglés, además de la lengua(s) oficial(es) del Estado miembro en el que operan
  8. Los operadores económicos pueden utilizar un nombre de usuario y una contraseña para iniciar una sesión en la plataforma
  9. Los agentes económicos pueden buscar en los anuncios de licitación con un conjunto de parámetros de búsqueda
  10. Los agentes económicos pueden evaluar si el pliego de condiciones es asequible para ellos sobre la base de la información disponible en los anuncios de licitación
  11. Los agentes económicos son notificados ante cualquier cambio en las especificaciones de la licitación
  12. Las plataformas soportan la transmisión automática de todos los tipos de publicación en TED.  (anuncio previo, anuncio, adjudicación…)
  13. Los agentes económicos y las autoridades contratantes pueden buscar categorías de CPV, bien  por código o por descripción.
  14. Las autoridades contratantes pueden volver a utilizar la información contenida en su perfil o en las instrucciones anteriores para crear los anuncios de licitación, el pliego de condiciones y los anuncios de adjudicación
  15. Los agentes económicos pueden firmar electrónica o manualmente el envío de un informe que contiene el hash  de cada documento enviado
  16. Los agentes económicos reciben una prueba de la recepción con éxito de la oferta presentada  (acuse de recibo)
  17. Los agentes económicos pueden volver a presentar sus ofertas hasta el plazo de presentación .
  18. Las plataformas guardan las ofertas cifradas hasta la sesión de apertura
  19. Las autoridades contratantes pueden evaluar parte de de las ofertas que están basadas en criterios predefinidos (criterios objetivos)
  20. Las Plataformas utilizan los servicios europeos de validación de firma electrónica para validar firma electrónica durante el envío electrónico.
  21. Plataformas indican claramente todos los costes relacionados con el uso de la plataforma.
  22. Los agentes económicos pueden crear ofertas con un conjunto básico de datos estructurados y documentos no estructurados.
  23. Los agentes económicos tienen la libertad de elegir la plataforma de su preferencia sin ser obligados a hacerlo en la plataforma elegida por la autoridad de contratación.
  24. Las plataformas usan las especificaciones estándar para estructurar sus datos y promover la interoperabilidad

Hechos que se relacionan en cada una de las prácticas del Golden Book

a) Una tabla con todas las buenas prácticas del contratación electrónica que clasifica con una valoración de las siguientes dimensiones:

  • Accesibilidad para las pymes
  • Asegurar la confianza y certezas legales.
  • Facilitar la contratación transfronteriza
  • Promover la transparencia y la rendición de cuentas.
  • Mejorar la usabilidad  la eficiencia
  • Soportar la gestión del cambio

b) Una tabla con cada una de las buenas prácticas con las siguientes informaciones:

  • Un sumario con una explicación un poco más ampliada de la buena práctica
  • Alguna anécdota que ha surgido en la fase de la confección del informe.
  • Que hacer y que no hacer respecto a esta buena práctica.
  • Los objetivos de la práctica
  • Practicas que se relacionan con ella
  • A que parte de las fases de la relación electrónica afecta esta buena práctica
  • Tipo y número de plataformas donde esta práctica se ha encontrado.

Como utilizar el informe del Golden Book.

En mi opinión, una buena forma de valorar las  plataformas de tecnología existentes en el mercado es poner estas buenas prácticas y las recomendaciones  del grupo de expertos en los criterios de adjudicación y sin exigirlas todas, porque el concurso quedaría desierto,  puntuar cada una de ellas de forma que las plataformas existentes entiendan que se requiere una convergencia, no hacia «el pensamiento único», sino hacia la comunicación posible dentro del mercado único.

No tienen que estar todas las prácticas, ni todas las recomendaciones, pero la plataforma que más buenas prácticas y recomendaciones acredite tendrá más probabilidades de evolucionar en la línea adecuada.

Y sobre todo, no hay que renunciar a la interoperabilidad en la relación electrónica, y que haya coordinación con el resto de funciones básicas: tramitación, archivo y explotación.

Una recomendación a la que habría que dar especial atención, es que ninguna autoridad de contratación puede exigir el uso de ninguna plataforma específica a ningún operador económico para presentar su oferta y tener una relación electrónica. Esta es la práctica que realmente garantiza la interoperabilidad. Y habría de tenerse muy en cuenta. Creo.

¿Que opináis vosotros?

 

 

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